Cómo se determina la categoría según las tareas realizadas (Grupo 21)
El nuevo acuerdo del Consejo de Salarios del Grupo 21 – Servicio Doméstico introduce definiciones claras de las categorías laborales, estableciendo criterios objetivos para determinar qué categoría corresponde aplicar según las tareas efectivamente realizadas por la trabajadora o trabajador doméstico.
Este artículo analiza exclusivamente las categorías, explicando:
- Cuáles son las categorías vigentes
- Qué tareas comprende cada una
- Cómo se determina la categoría correcta
- Qué errores son frecuentes y generan conflictos laborales
Desde cuándo rigen las nuevas categorías del servicio doméstico
Las nuevas categorías laborales del servicio doméstico entran en vigencia el 1° de julio de 2026.
La postergación de la entrada en vigencia tiene como finalidad:
- Permitir la difusión adecuada del acuerdo
- Dar tiempo al Banco de Previsión Social (BPS) para adecuar sus sistemas
- Facilitar que empleadores y trabajadoras se ajusten a los cambios
Las categorías no tienen efecto retroactivo y no generan derecho a reclamos por períodos anteriores.
Cuáles son las categorías del servicio doméstico
El acuerdo establece tres categorías laborales:
- Categoría General
- Categoría Cocina
- Categoría Cuidados
Cada una se define por el tipo de tareas realizadas y por su carácter principal, regular y mayoritario, no por el nombre del cargo ni por la denominación que utilice el empleador.
Principio clave: la categoría se determina por las tareas reales
Un punto central del acuerdo es que la categoría no depende del contrato escrito ni de la denominación formal, sino de:
- Las tareas efectivamente realizadas
- El tiempo que insumen dentro de la jornada
- Su carácter habitual y mayoritario
Esto significa que, ante un conflicto, lo que se analiza es qué hace realmente la trabajadora en el día a día.
Qué se entiende por “tarea principal o mayoritaria”
El acuerdo define como tarea principal o mayoritaria aquella que:
- Ocupa más del 50% de la jornada laboral
- Y además supera ese 50% al menos en una hora adicional
Este criterio se aplica tanto:
- En régimen mensual
- Como en régimen jornalero
En el caso de trabajo por jornales, la evaluación se realiza considerando el conjunto de jornales trabajados en el mes.
Categoría General del servicio doméstico
Qué tareas comprende
La Categoría General incluye, entre otras, las siguientes tareas:
- Orden y limpieza del hogar
- Mantenimiento de la vivienda
- Lavado y planchado
- Realización de mandados
- Atención de espacios comunes o exteriores
- Cuidado de mascotas
- Organización general del hogar
Cocina y cuidados como tareas secundarias
También corresponde a esta categoría cuando:
- Se realizan tareas de cocina o cuidados
- Pero de forma secundaria o no mayoritaria
- Es decir, hasta el 50% de la jornada laboral
En estos casos, aunque existan tareas de cocina o cuidado de personas, no se cambia de categoría.
Categoría Cocina del servicio doméstico
Cuándo corresponde aplicar esta categoría
La Categoría Cocina corresponde cuando la tarea principal, regular y mayoritaria es la elaboración de alimentos para la familia.
Incluye:
- Preparación de comidas a partir de ingredientes crudos
- Manipulación de alimentos
- Planificación de menús
- Tareas directamente asociadas a la elaboración de alimentos
Para estar en esta categoría, las tareas de cocina deben realizarse:
- De forma habitual
- De manera mayoritaria
- No de forma ocasional o esporádica
Tareas que NO alcanzan para la categoría Cocina
El acuerdo aclara expresamente que no son suficientes, por sí solas, las siguientes tareas:
- Servir alimentos ya preparados o solo calentarlos
- Cortar, pelar alimentos o preparar bebidas simples
- Limpiar vajilla, utensilios o áreas de cocina
- Servir o retirar la mesa
Si estas son las únicas tareas vinculadas a la cocina, no corresponde la categoría Cocina.
Compatibilidad con tareas de menor remuneración
Quienes están en la Categoría Cocina:
- Pueden realizar tareas de la Categoría General
- Sin perder su categoría ni su nivel salarial
Categoría Cuidados del servicio doméstico
Cuándo corresponde esta categoría
La Categoría Cuidados comprende a quienes realizan como tarea principal, regular y mayoritaria el cuidado directo y habitual de personas, tales como:
- Niños
- Adolescentes
- Personas mayores
- Personas con distintos grados de dependencia
Incluye tareas como:
- Supervisión
- Acompañamiento
- Alimentación
- Higiene personal
- Limpieza o aseo del entorno inmediato
Actividades que no bastan para encuadrar en Cuidados
No alcanza para esta categoría:
- Servir alimentos en forma puntual
- Brindar asistencia ocasional o breve
- Ayudas esporádicas sin habitualidad
La tarea de cuidado debe ser sostenida, regular y mayoritaria.
Compatibilidad con otras tareas
Las personas clasificadas en la Categoría Cuidados:
- Pueden realizar tareas de categorías de menor remuneración
- Sin perder su encuadre principal
Cómo determinar correctamente la categoría aplicable
Para determinar la categoría correcta deben analizarse, en conjunto:
- Qué tareas se realizan
- Cuánto tiempo insume cada tipo de tarea
- Si las tareas son habituales o esporádicas
- Cuál supera el 50% más una hora de la jornada
No basta con una descripción genérica del puesto. Lo relevante es la realidad del trabajo diario.
Errores frecuentes en la aplicación de categorías
Entre los errores más comunes se encuentran:
- Clasificar como General tareas que son mayoritariamente de cuidado
- Considerar “cocina” tareas meramente accesorias
- No actualizar la categoría cuando cambian las tareas
- Aplicar una categoría inferior para reducir el salario
Estos errores suelen derivar en reclamos laborales y diferencias salariales.
Valores de referencia salariales por categoría
Como valores de referencia al 30 de junio de 2026:
- Categoría Cocina: $ 32.875
- Categoría Cuidados: $ 33.935
Estos valores se utilizan como base para aplicar los ajustes posteriores y no tienen efecto retroactivo.
Preguntas frecuentes sobre categorías del servicio doméstico (FAQ)
¿Cómo sé qué categoría corresponde a una empleada doméstica?
La categoría se determina según las tareas efectivamente realizadas y cuál ocupa más del 50% más una hora de la jornada.
¿Si cocina y limpia, qué categoría corresponde?
Si la cocina no es mayoritaria, corresponde la Categoría General. Solo aplica Cocina si la elaboración de alimentos es la tarea principal.
¿Cuidar niños siempre implica Categoría Cuidados?
Solo si el cuidado es habitual y mayoritario. Ayudas ocasionales no alcanzan para ese encuadre.
¿Las categorías tienen efecto retroactivo?
No. Rigen desde el 1° de julio de 2026 y no generan reclamos hacia el pasado.
Conclusión
Las nuevas categorías del servicio doméstico introducen criterios objetivos y claros, basados en la realidad del trabajo efectivo, y no en la denominación formal del cargo.
Determinar correctamente la categoría es clave para:
- Pagar el salario correcto
- Evitar conflictos laborales
- Prevenir reclamos futuros
En S.O.S. LABORAL ABOGADOS asesoramos tanto a trabajadoras como a empleadores para identificar correctamente la categoría aplicable y cumplir con la normativa vigente, clíck aquí para agendar tu consulta.