El aguinaldo, también conocido como sueldo anual complementario, es un derecho laboral fundamental para todos los trabajadores en Uruguay. Se calcula como la doceava parte de los ingresos generados durante períodos específicos del año y se paga en dos instancias: junio y diciembre.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

  1. Base de cálculo: Según la Ley N° 12.840 de 22/12/1960​, el aguinaldo corresponde a la 1/12 parte de todos los haberes percibidos en dinero (no en especie) abonados por el patrono en los doce meses anteriores al primero de diciembre de cada año
  2. Por Decreto del Poder Ejecutivo se suele dividir en dos períodos a los efectos de adelantar el pago a los trabajadores y aliviar la carga para el empleador:
    • Del 1 de diciembre del año anterior al 31 de mayo (para el pago de junio).
    • Del 1 de junio al 30 de noviembre (para el pago de diciembre)​.
  3. Incluye partidas en dinero como: Sueldo base, horas extras, comisiones y otras partidas salariales generadas en el período​.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El pago se realiza:

  • En junio: Antes del 30 de este mes.
  • En diciembre: Generalmente antes del 20 del mes​​.

Importancia del Aguinaldo para los Trabajadores

El aguinaldo no solo es un derecho legal, sino también un respiro económico que permite a los trabajadores afrontar gastos significativos en épocas como Navidad y fin de año.

Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo

  1. ¿El aguinaldo incluye beneficios en especie? No, únicamente se calculan montos en dinero​.
  2. ¿Qué pasa si no recibo el aguinaldo en la fecha establecida? Puedes reclamar el pago ante las autoridades laborales y contactar a un abogado especializado para asesorarte.
  3. ¿Al aguinaldo se le hacen descuentos de aportes al BPS? Sí, el aguinaldo está sujeto a los mismos descuentos jubilatorios que el salario regular, según lo establecido en la Ley N.º 12.840​. Esto significa que el monto bruto del aguinaldo se verá reducido por los aportes correspondientes al BPS.
  4. ¿El aguinaldo es considerado a los efectos del IRPF? Sí, el aguinaldo es considerado junto con el salario vacacional como una partida computable a los efectos del cálculo del IRPF, se calcula con el medio aguinaldo de diciembre, por tanto, la partida de junio no se ve afectada por el IRPF, ya que se adelanta mensualmente el pago del mismo al incrementar la base imponible del impuesto en un 6% mensual conforme al Decreto N.º 154/015.

En SOS LABORAL Abogados defendemos tus derechos laborales

Si tienes dudas sobre el cálculo, los descuentos o el pago del aguinaldo, contáctanos para recibir asesoramiento especializado. En SOS LABORAL Abogados estamos para ayudarte.