El Poder Ejecutivo ha prorrogado un plazo clave para quienes tienen 60 años o más: hasta el 31 de mayo de 2026 se podrá solicitar el reconocimiento de años trabajados anteriores al 1.º de abril de 1996 ante el Banco de Previsión Social (BPS), según lo dispone el nuevo decreto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) del 20 de mayo de 2025.
¿A quiénes aplica esta prórroga?
A todas las personas que al 1.º de junio de 2023 tuvieran 60 años o más y no hayan declarado servicios laborales realizados antes de abril de 1996.
Según datos oficiales, más de 140.000 personas estarían en esta situación, pero menos de 1.000 lo han solicitado hasta el momento.
📅 Nuevo plazo: hasta el 31/05/2026
Esta extensión responde a múltiples razones:
- La baja cantidad de solicitudes recibidas.
- La complejidad de los trámites tras la reciente reforma previsional.
- La necesidad de dar más tiempo a los afectados para completar la documentación.
⚠️ Finalizado este plazo, no se aceptarán solicitudes de reconocimiento de actividad anterior a abril de 1996.
Cómo hacer el trámite?
Existen dos formas:
1. Presencial (con agenda previa):
- Agendando por el 0800 1997 o a través del sitio web de BPS.
2. En línea (recomendado si tiene usuario personal):
- A través del portal de servicios de BPS.
- Puede cargar la documentación y completar el formulario digitalmente.
📽️ BPS dispone de un video tutorial y materiales explicativos que facilitan el llenado del formulario (te lo dejamos abajo).
✅ ¿Qué datos se necesitan?
- Si toda su actividad ya está registrada, simplemente complete con sus datos personales e indique que no declara más servicios.
- Si tiene períodos sin registrar o con errores, debe especificarlos con el mayor detalle posible: fechas, tareas, empleadores, horarios, etc.
🖋️ El formulario puede completarse en computadora o a mano (con letra legible).
🤝 ¿Necesitás ayuda?
En S.O.S. LABORAL ABOGADOS te ayudamos a:
- Revisar tu historia laboral registrada.
- Completar correctamente el formulario.
- Preparar declaraciones de testigos si son necesarias.
- Asegurarte de que tus derechos jubilatorios no se vean afectados.