Cómo se determina la categoría según las tareas realizadas (Grupo 21)

El nuevo acuerdo del Consejo de Salarios del Grupo 21 – Servicio Doméstico introduce definiciones claras de las categorías laborales, estableciendo criterios objetivos para determinar qué categoría corresponde aplicar según las tareas efectivamente realizadas por la trabajadora o trabajador doméstico.

Este artículo analiza exclusivamente las categorías, explicando:

  • Cuáles son las categorías vigentes
  • Qué tareas comprende cada una
  • Cómo se determina la categoría correcta
  • Qué errores son frecuentes y generan conflictos laborales

Desde cuándo rigen las nuevas categorías del servicio doméstico

Las nuevas categorías laborales del servicio doméstico entran en vigencia el 1° de julio de 2026.

La postergación de la entrada en vigencia tiene como finalidad:

  • Permitir la difusión adecuada del acuerdo
  • Dar tiempo al Banco de Previsión Social (BPS) para adecuar sus sistemas
  • Facilitar que empleadores y trabajadoras se ajusten a los cambios

Las categorías no tienen efecto retroactivo y no generan derecho a reclamos por períodos anteriores.


Cuáles son las categorías del servicio doméstico

El acuerdo establece tres categorías laborales:

  1. Categoría General
  2. Categoría Cocina
  3. Categoría Cuidados

Cada una se define por el tipo de tareas realizadas y por su carácter principal, regular y mayoritario, no por el nombre del cargo ni por la denominación que utilice el empleador.


Principio clave: la categoría se determina por las tareas reales

Un punto central del acuerdo es que la categoría no depende del contrato escrito ni de la denominación formal, sino de:

  • Las tareas efectivamente realizadas
  • El tiempo que insumen dentro de la jornada
  • Su carácter habitual y mayoritario

Esto significa que, ante un conflicto, lo que se analiza es qué hace realmente la trabajadora en el día a día.


Qué se entiende por “tarea principal o mayoritaria”

El acuerdo define como tarea principal o mayoritaria aquella que:

  • Ocupa más del 50% de la jornada laboral
  • Y además supera ese 50% al menos en una hora adicional

Este criterio se aplica tanto:

  • En régimen mensual
  • Como en régimen jornalero

En el caso de trabajo por jornales, la evaluación se realiza considerando el conjunto de jornales trabajados en el mes.


Categoría General del servicio doméstico

Qué tareas comprende

La Categoría General incluye, entre otras, las siguientes tareas:

  • Orden y limpieza del hogar
  • Mantenimiento de la vivienda
  • Lavado y planchado
  • Realización de mandados
  • Atención de espacios comunes o exteriores
  • Cuidado de mascotas
  • Organización general del hogar

Cocina y cuidados como tareas secundarias

También corresponde a esta categoría cuando:

  • Se realizan tareas de cocina o cuidados
  • Pero de forma secundaria o no mayoritaria
  • Es decir, hasta el 50% de la jornada laboral

En estos casos, aunque existan tareas de cocina o cuidado de personas, no se cambia de categoría.


Categoría Cocina del servicio doméstico

Cuándo corresponde aplicar esta categoría

La Categoría Cocina corresponde cuando la tarea principal, regular y mayoritaria es la elaboración de alimentos para la familia.

Incluye:

  • Preparación de comidas a partir de ingredientes crudos
  • Manipulación de alimentos
  • Planificación de menús
  • Tareas directamente asociadas a la elaboración de alimentos

Para estar en esta categoría, las tareas de cocina deben realizarse:

  • De forma habitual
  • De manera mayoritaria
  • No de forma ocasional o esporádica

Tareas que NO alcanzan para la categoría Cocina

El acuerdo aclara expresamente que no son suficientes, por sí solas, las siguientes tareas:

  • Servir alimentos ya preparados o solo calentarlos
  • Cortar, pelar alimentos o preparar bebidas simples
  • Limpiar vajilla, utensilios o áreas de cocina
  • Servir o retirar la mesa

Si estas son las únicas tareas vinculadas a la cocina, no corresponde la categoría Cocina.


Compatibilidad con tareas de menor remuneración

Quienes están en la Categoría Cocina:

  • Pueden realizar tareas de la Categoría General
  • Sin perder su categoría ni su nivel salarial

Categoría Cuidados del servicio doméstico

Cuándo corresponde esta categoría

La Categoría Cuidados comprende a quienes realizan como tarea principal, regular y mayoritaria el cuidado directo y habitual de personas, tales como:

  • Niños
  • Adolescentes
  • Personas mayores
  • Personas con distintos grados de dependencia

Incluye tareas como:

  • Supervisión
  • Acompañamiento
  • Alimentación
  • Higiene personal
  • Limpieza o aseo del entorno inmediato

Actividades que no bastan para encuadrar en Cuidados

No alcanza para esta categoría:

  • Servir alimentos en forma puntual
  • Brindar asistencia ocasional o breve
  • Ayudas esporádicas sin habitualidad

La tarea de cuidado debe ser sostenida, regular y mayoritaria.


Compatibilidad con otras tareas

Las personas clasificadas en la Categoría Cuidados:

  • Pueden realizar tareas de categorías de menor remuneración
  • Sin perder su encuadre principal

Cómo determinar correctamente la categoría aplicable

Para determinar la categoría correcta deben analizarse, en conjunto:

  1. Qué tareas se realizan
  2. Cuánto tiempo insume cada tipo de tarea
  3. Si las tareas son habituales o esporádicas
  4. Cuál supera el 50% más una hora de la jornada

No basta con una descripción genérica del puesto. Lo relevante es la realidad del trabajo diario.


Errores frecuentes en la aplicación de categorías

Entre los errores más comunes se encuentran:

  • Clasificar como General tareas que son mayoritariamente de cuidado
  • Considerar “cocina” tareas meramente accesorias
  • No actualizar la categoría cuando cambian las tareas
  • Aplicar una categoría inferior para reducir el salario

Estos errores suelen derivar en reclamos laborales y diferencias salariales.


Valores de referencia salariales por categoría

Como valores de referencia al 30 de junio de 2026:

  • Categoría Cocina: $ 32.875
  • Categoría Cuidados: $ 33.935

Estos valores se utilizan como base para aplicar los ajustes posteriores y no tienen efecto retroactivo.


Preguntas frecuentes sobre categorías del servicio doméstico (FAQ)

¿Cómo sé qué categoría corresponde a una empleada doméstica?

La categoría se determina según las tareas efectivamente realizadas y cuál ocupa más del 50% más una hora de la jornada.

¿Si cocina y limpia, qué categoría corresponde?

Si la cocina no es mayoritaria, corresponde la Categoría General. Solo aplica Cocina si la elaboración de alimentos es la tarea principal.

¿Cuidar niños siempre implica Categoría Cuidados?

Solo si el cuidado es habitual y mayoritario. Ayudas ocasionales no alcanzan para ese encuadre.

¿Las categorías tienen efecto retroactivo?

No. Rigen desde el 1° de julio de 2026 y no generan reclamos hacia el pasado.


Conclusión

Las nuevas categorías del servicio doméstico introducen criterios objetivos y claros, basados en la realidad del trabajo efectivo, y no en la denominación formal del cargo.

Determinar correctamente la categoría es clave para:

  • Pagar el salario correcto
  • Evitar conflictos laborales
  • Prevenir reclamos futuros

En S.O.S. LABORAL ABOGADOS asesoramos tanto a trabajadoras como a empleadores para identificar correctamente la categoría aplicable y cumplir con la normativa vigente, clíck aquí para agendar tu consulta.