Los jornaleros y destajistas tienen derecho a una indemnización por despido si cumplen ciertas condiciones, de acuerdo con la normativa vigente.
1. Cálculo de la indemnización para jornaleros y destajistas:
- 25 jornales por año trabajado si completan al menos 240 jornadas.
- Si no alcanzan las 240 jornadas, se les calculan 2 jornales por cada 25 trabajados.
- Se puede cobrar un máximo de 150 jornales.
- No tienen derecho a indemnización si no han trabajado al menos 100 jornales.
- En el servicio doméstico, la indemnización por despido es válida desde los 90 días de iniciada la relación laboral.
2. Excepciones y trabajadores sin derecho a indemnización:
No tienen derecho a cobrar indemnización por despido:
- Trabajadores zafrales.
- Contratados para tareas transitorias.
- Contratados a término.
3. Salario para el cálculo:
El salario se calcula según el último jornal trabajado, y en el caso de los destajistas, se promedia lo ganado en el último año, dividiéndolo por los días trabajados.
Conclusión:
El despido de jornaleros y destajistas se rige por una normativa clara que toma en cuenta la cantidad de jornadas trabajadas, el salario del último día y excepciones específicas. Si tienes dudas sobre cómo se calcula tu liquidación o derecho a indemnización, en S.O.S. LABORAL ABOGADOS te asesoramos.
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