Los jornaleros y destajistas tienen derecho a una indemnización por despido si cumplen ciertas condiciones, de acuerdo con la normativa vigente.

1. Cálculo de la indemnización para jornaleros y destajistas:

  • 25 jornales por año trabajado si completan al menos 240 jornadas.
  • Si no alcanzan las 240 jornadas, se les calculan 2 jornales por cada 25 trabajados.
  • Se puede cobrar un máximo de 150 jornales.
  • No tienen derecho a indemnización si no han trabajado al menos 100 jornales.
  • En el servicio doméstico, la indemnización por despido es válida desde los 90 días de iniciada la relación laboral.

2. Excepciones y trabajadores sin derecho a indemnización:

No tienen derecho a cobrar indemnización por despido:

  • Trabajadores zafrales.
  • Contratados para tareas transitorias.
  • Contratados a término.

3. Salario para el cálculo:

El salario se calcula según el último jornal trabajado, y en el caso de los destajistas, se promedia lo ganado en el último año, dividiéndolo por los días trabajados.

Conclusión:

El despido de jornaleros y destajistas se rige por una normativa clara que toma en cuenta la cantidad de jornadas trabajadas, el salario del último día y excepciones específicas. Si tienes dudas sobre cómo se calcula tu liquidación o derecho a indemnización, en S.O.S. LABORAL ABOGADOS te asesoramos.

También puedes acceder a nuestro liquidador de egreso de jornaleros para obtener un estimativo, haz click aquí SIMULADOR DE LIQUIDACIÓN POR DESPIDO.