No se pagan igual en todos los casos. Hay una diferencia importante entre el trabajador jornalero y el trabajador mensual.
En Uruguay, la licencia anual paga se regula por la Ley Nº 12.590. Esa norma establece cómo se calcula el jornal de licencia: para el trabajador mensual, se toma 1/30 del sueldo mensual; para el trabajador jornalero, se toma el jornal vigente.
Además, la ley dispone que el pago de la remuneración correspondiente a todo el período de licencia debe hacerse antes de comenzar la licencia, excepto a los trabajadores con remuneración mensual.
Por su parte, el salario vacacional equivale, como mínimo, al 100% del jornal líquido de vacaciones, y debe abonarse antes del inicio de la licencia, en proporción a los días que el trabajador va a gozar.
Entonces, en la práctica:
Trabajador jornalero:
Cuando sale de licencia, el empleador debe pagarle antes de que empiece tanto el importe de la licencia como el salario vacacional.
Trabajador mensual:
El salario vacacional también debe pagarse antes del inicio de la licencia. Pero el sueldo mensual no necesariamente se adelanta íntegramente por salir de licencia, porque la propia ley hace excepción para los trabajadores mensuales.
Importante:
La licencia no puede sustituirse por dinero, salvo los casos expresamente previstos por la ley, como por ejemplo cuando termina la relación laboral y quedan licencias no gozadas.
En resumen:
Si sos jornalero, antes de salir de licencia te tienen que pagar licencia + salario vacacional.
Si sos mensual, antes de salir de licencia te tienen que pagar al menos el salario vacacional, mientras que el sueldo mensual sigue su régimen normal de pago.