El descanso semanal es un derecho fundamental de todos los trabajadores de establecimientos comerciales e industriales, regulado por la Ley N.° 7.318 y el Decreto 437/88. Aunque su duración varía según el sector, es esencial para garantizar la salud y el bienestar de los empleados.

🔧 Industria:

  • Los trabajadores pueden optar por dos regímenes de descanso: uno semanal de 24 horas después de 6 días trabajados, preferiblemente en domingo, o un descanso rotativo que permite trabajar los domingos con excepciones.
  • Las panaderías en Montevideo deben cerrar un día a la semana, y el MTSS determina los días de cierre, con excepciones para fechas especiales.

🛍️ Comercio:

  • Aquí, el descanso es de 36 horas consecutivas luego de cumplir con 44 horas de trabajo semanal.
  • Existen excepciones para trabajos que no pueden interrumpirse por razones técnicas, industriales o de interés público.

🏡 Trabajo doméstico:

  • Según la Ley 18.065, el descanso semanal es de 36 horas continuas, incluyendo el domingo completo, aunque las partes pueden acordar otra modalidad.

🚜 Otros sectores y excepciones:

  • Algunos sectores, como la agropecuaria, explotaciones rurales y actividades de salud, tienen regulaciones específicas. Incluso, en casos justificados, se permite el trabajo en domingo con la acumulación de descansos.

Es fundamental que los empleadores y trabajadores conozcan y respeten estas normas para garantizar condiciones laborales justas y seguras.

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