La Ley 20.130 establece un plazo para registrar años trabajados antes del 1 de abril de 1996, que no estén en la Historia Laboral. Este plazo varía según la edad al 1 de junio de 2023:

  • Personas de 60 años o más al 1/6/2023: plazo hasta el 31/5/2025.
  • Personas entre 55 y 59 años al 1/6/2023: plazo hasta el 31/5/2027.
  • Personas entre 50 y 54 años al 1/6/2023: plazo hasta el 31/5/2029.
  • Personas de 49 años o menos al 1/6/2023: plazo hasta el 31/5/2031.

Se pueden registrar dos años más si el trabajo fue en el extranjero con Convenios Internacionales. Después de los plazos, no se admiten más registros. Quienes soliciten jubilación pueden registrar años independientemente del plazo.