En el contexto laboral, los acuerdos transaccionales suelen ser una herramienta utilizada por las empresas para resolver conflictos con sus empleados, a menudo en situaciones de despido o reestructuración. Sin embargo, no todos estos acuerdos son válidos ante la ley, como lo ilustra claramente la reciente Sentencia Definitiva Nº 151/2024 del Tribunal de Apelaciones del Trabajo de Primer Turno.

La Sentencia: Un Caso de Invalidez por Falta de Concesiones Recíprocas

En este caso, una trabajadora había sido inducida a firmar un acuerdo transaccional con su empleador, la empresa, bajo la promesa de ser contratada por una nueva empresa. El tribunal, sin embargo, determinó que este acuerdo carecía de validez jurídica debido a la ausencia de concesiones recíprocas, un requisito esencial para que tales acuerdos sean legalmente reconocidos.

El Tribunal de Apelaciones ratificó la sentencia de primera instancia, señalando que la trabajadora no recibió ningún beneficio real de la empresa en el marco de este acuerdo. En cambio, la única beneficiada fue la propia empresa, que logró reducir su plantilla y eludir el pago completo de la indemnización por despido. Además, se destacó que la trabajadora no contó con el debido asesoramiento legal antes de firmar el acuerdo, lo que comprometió aún más su validez.

Jurisprudencia y Doctrina Aplicable

La jurisprudencia uruguaya, apoyada por la doctrina, sostiene que un acuerdo transaccional en el ámbito laboral solo es válido si ambas partes realizan concesiones reales y recíprocas. Esto implica que el empleador debe ofrecer algo más allá de lo que ya está obligado a pagar por ley, y que el trabajador debe ceder algún derecho incierto en busca de evitar un conflicto. En este caso, el tribunal encontró que la empresa no cumplió con este estándar, pues solo abonó el 50% de la indemnización por despido, lo que no puede considerarse una concesión válida.

Recomendaciones para los Trabajadores

Ante la posibilidad de ser presentado con un acuerdo transaccional, los trabajadores deben:

  1. Buscar Asesoramiento Legal Independiente: Es fundamental que cualquier trabajador consulte con un abogado independiente antes de firmar un acuerdo transaccional. Esto garantiza que el trabajador comprende plenamente las implicaciones del acuerdo y que sus derechos están protegidos.
  2. Verificar las Concesiones Recíprocas: Asegúrese de que el acuerdo incluye concesiones reales y tangibles de ambas partes. Si el acuerdo solo incluye el pago de lo que ya le corresponde al trabajador por ley, podría no ser válido.
  3. Tomarse el Tiempo Necesario para Decidir: No se debe ceder ante presiones para firmar un acuerdo rápidamente. Un tiempo adecuado para considerar las condiciones y buscar asesoramiento es esencial.
  4. Cuestionar la Validez de las Condiciones Impuestas: Si el acuerdo es presentado como una condición para continuar en otro empleo, esto podría ser una señal de que el acuerdo no es justo. Tal situación podría constituir una maniobra coercitiva que compromete la validez del acuerdo.

Conclusión

La Sentencia Definitiva Nº 151/2024 refuerza la importancia de cumplir con los requisitos legales para que un acuerdo transaccional sea válido. En S.O.S. Laboral Abogados, estamos comprometidos en proteger los derechos de los trabajadores y en brindar el asesoramiento necesario para evitar que caigan en maniobras que vulneren sus derechos. Si estás en una situación similar, no dudes en contactarnos para recibir el apoyo legal que necesitas. Contacta.