El Poder Ejecutivo ya dispuso el pago del sueldo anual complementario — aguinaldo — correspondiente al primer semestre de 2026.

Para los trabajadores de la actividad privada, el Decreto N.º 113/026 estableció que el aguinaldo generado hasta el 31 de mayo de 2026 debe abonarse dentro del mes de junio. A su vez, el aguinaldo generado entre el 1.º de junio y el 30 de noviembre de 2026 tendrá plazo de pago hasta el 20 de diciembre de 2026.

En el caso de los funcionarios públicos comprendidos en los incisos previstos por el Decreto N.º 122/026, el pago correspondiente al período comprendido entre el 1.º de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026 se percibirá a partir del 18 de junio de 2026. El monto equivale a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto en dicho período.

El aguinaldo es un derecho laboral y previsional relevante, y su falta de pago, pago fuera de plazo o liquidación incorrecta puede dar lugar a reclamos.

En S.O.S. LABORAL asesoramos a trabajadores privados, funcionarios públicos y personas próximas a jubilarse sobre sus derechos laborales y de seguridad social.

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